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Inscripción definitiva del Mausoleo de la Vizcondesa de Termens de Cabra como Bien de Interés Cultural (BIC)



El Mausoleo de la Vizcondesa de Termens de Cabra ha quedado inscrito de forma oficial y definitiva como Bien de Interés Cultural (BIC) en la tipología de Monumento, dentro del Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz.

Así aparece en el 
Decreto 199/2024 de fecha 3 de septiembre de 2024 y que se ha publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) Número 176 - Martes, 10 de septiembre de 2024.

De esta forma acaba un largo proceso administrativo que arrancaba en 2023, cuando quedaba incoado el procedimiento para esta declaración, con audiencia al Ayuntamiento de Cabra, organismos y particulares interesados. 

No habiéndose recibido escritos de alegaciones durante dichos trámites, se ha procedido a la incripción definitiva, a propuesta de la Consejera de Cultura y Deporte y previa deliberación del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía.

Concretamente lo que se ha acordado es lo siguiente:

1.- Inscribir en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, como Bien de Interés Cultural, con la tipología de Monumento, el Mausoleo de la Vizcondesa de Termens, en Cabra (Córdoba), cuya descripción figura en el anexo al decreto.

2.- Inscribir en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz el entorno del bien, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 27 y 28 de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre. Dicho entorno abarca los espacios públicos y privados, las parcelas, inmuebles y elementos urbanos comprendidos dentro de la delimitación que figura en el anexo y, gráficamente, en el plano de delimitación del bien y su entorno.

3.- Inscribir en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, como Bienes de Interés Cultural, por constituir parte esencial de su historia, los bienes muebles que se relacionan y describen en el anexo al presente decreto.

4.- Instar la inscripción en el Registro de la Propiedad correspondiente y en el Registro Autonómico de Instrumentos de planeamiento, de convenios urbanísticos y de los bienes y espacios catalogados, a través de su inclusión en el catálogo urbanístico del municipio afectado.

5.- Hacer saber a los propietarios, titulares de derechos y simples poseedores de los bienes que tienen el deber de conservarlos, mantenerlos y custodiarlos, de manera que se garantice la salvaguarda de sus valores. Asimismo, deberán permitir su inspección por las personas y órganos competentes de la Junta de Andalucía, así como su estudio por las personas investigadoras acreditadas por la misma.

6.- Dar traslado a la Administración General del Estado para su constancia en el registro correspondiente.

7.- Ordenar que el presente decreto se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Como ya explicamos en su día, esta declaración de BIC tiene la particularidad de que afecta a un conjunto patrimonial que consta de dos elementos separados; por una parte, la capilla funeraria original que se encuentra en el cementerio municipal San José, y por otra parte los elementos escultóricos principales que se localizan actualmente en la capilla de la Fundación Termens.

De esta forma se preserva jurídicamente un bien patrimonial egabrense por el que venimos trabajando desde hace más de treinta años y que lamentablemente coincide con la marcha definitiva de la Hermanas de la Caridad de San Vicente de Paúl de la Fundación Termens, que han sido sus verdaderas valedoras a lo largo de su larga historia material y sentimental...